Registro-Civil

Después de conseguir paralizar la privatización de los Registros Civiles, esperábamos que el Gobierno aprobase y publicase la derogación de la misma junto con la ampliación de la “vacatio legis” de la Ley 20/2011 hasta julio de 2017 sin más.

Pero esto parece que no va a ser así ya que en el proyecto de Ley Cora, que se espera ser aprobada en breve, se van a incluir varios “añadidos”, entre otros que las inscripciones de nacimiento y defunción se puedan promover desde los hospitales, por personal sanitario o administrativo.

Nacimientos: en la práctica va a ser casi imposible que los padres no acaben yendo al Registro Civil después de promover la inscripción desde los hospitales, y ello sin contar con las grandes dificultades técnicas que ello supone. Sólo los hijos de españoles nacidos dentro de matrimonio se podrían tramitar sin problemas, dejando fuera la gran mayoría de casos (extranjeros, no matrimoniales, in vitro…). Los datos se mandarán desde los hospitales y los Registros Civiles tendrán que comprobarlos, si están bien los usuarios tendrán que ir a recoger sus libros de familia, en caso contrario se tiene que incoar un expediente con el correspondiente retraso en el trámite (actualmente se pide cita o se va directamente al registro civil y con la documentación del hospital se practica la inscripción en unos 15 minutos). ¿A quién beneficia esta medida? A los usuarios desde luego que no, los trabajadores de hospitales públicos no quieren hacerlo por falta de garantías y, además, entienden que no son sus funciones, sólo los hospitales privados pueden beneficiarse al cobrar este servicio.

Defunciones: nos encontramos con los mismos problemas y las funerarias se han opuesto frontalmente a tal medida al suponer un mayor coste de los servicios que facturan a sus usuarios, ya que son ellos los que se ocupan de los trámites ante los Registros Civiles.