En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se ha publicado la ampliación de plazas y una nueva convocatoria para el cuerpo de Auxiliar Administrativo de la Comunidad de Madrid.
Inicialmente, en junio del pasado 2019 se publicaba la convocatoria de 334 plazas. A estas plazas, hoy tenemos que sumar las siguientes:
- 244 plazas aprobadas en la Oferta de empleo de 2018
- 187 plazas aprobadas en la Oferta de empleo de 2019
Es decir, 431 plazas más, que hacen un total de 765 plazas convocadas para Auxiliar Administrativo de la Comunidad de Madrid. El desglose de las plazas es el siguiente:
- 628 plazas correspondientes al turno libre
- 137 plazas correspondientes al turno de discapacidad
Nueva convocatoria Auxiliar Administrativo Comunidad de Madrid
Debido a la ampliación de plazas, se publica una nueva convocatoria cuyo plazo de presentación de instancias es de 20 días hábiles a contar desde el 19/04/21.
IMPORTANTE: los aspirantes que ya presentaron la solicitud de participación y están admitidos en los listados provisionales NO tienen que presentar de nuevo la solicitud.
Los interesados que deseen participar en las pruebas selectivas, deberán utilizar el modelo oficial de solicitud de admisión que aparece como Anexo a la resolución, con las salvedades que se detallan a continuación:
- En el apartado número 1 de la solicitud, “Datos de la convocatoria”, deberá consignarse, como número de orden de la convocatoria, el que figure en el encabezado de la presente Orden, indicando como fecha de publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la que corresponda a esta Orden.
- En relación con la exención del pago de la tasa por derechos de examen, deberán figurar en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
A efectos de acreditar la exención del pago de la tasa en estos supuestos, los aspirantes habrán de presentar, junto con la solicitud de participación, la documentación a que se refiere la base 3.3.a) de la Orden 1916/2019, de 7 de junio.
Contra la presente Orden, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Hacienda y Función Pública, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto.
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