¿Cuál es la situación actual del proceso selectivo de Gestión Procesal y Administrativa? ¡Desde OPOLEX te contamos los aspectos más importantes!
DESCRIPCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO EN CURSO
El 10 de julio de 2019 se publicó Orden JUS/764/2019, por la que se convocó el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. En dicha Orden, se convocaron un total de 1.476 plazas para integrar Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa accediendo a través del turno libre con ámbito de aplicación en todo el territorio nacional. La convocatoria se realizó de acuerdo con la aprobación de las Ofertas de Empleo Público para el año 2017 y 2018 y con las plazas presupuestadas en los mismos.
El proceso selectivo está teniendo lugar por el sistema de concurso-oposición. Esto significa que el proceso consta de dos fases: la fase de oposición y la fase de concurso.
- La fase de oposición: consta de tres ejercicios, será eliminatoria y se desarrolla en primer lugar.
- Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, entrarán en la fase de concurso y, por tanto, se les aplicará el baremo de méritos de la fase de concurso que se especifican en el anexo I-B de la convocatoria.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.
El primer y el segundo ejercicio de la fase oposición de Gestión procesal tuvieron lugar conjuntamente en un mismo acto el día 23 de noviembre a las 10:00 horas (9:00 en Canarias) en todas las sedes de examen.
Primer ejercicio | Segundo ejercicio |
---|---|
De carácter TEÓRICO (escrito y eliminatorio). 90 MINUTOS de duración. Materias del Programa detallado en ANEXO II. TIPO TEST (100 preguntas + 4 de reserva). CUATRO RESPUESTAS ALTERNATIVAS. UNA SOLA RESPUESTA CORRECTA. CALIFICACIÓN: de 0 a 60 puntos. Preguntas no contestadas no puntúan. Preguntas acertadas (+0,60 puntos) – preguntas no acertadas/ respuestas múltiples (- 0,15 puntos)= TU NOTA PERSONAL. |
De carácter PRÁCTICO (escrito y eliminatorio). 60 MINUTOS de duración. Caso práctico planteado por el Tribunal. TIPO TEST (20 preguntas + 2 de reserva). CUATRO RESPUESTAS ALTERNATIVAS. UNA SOLA RESPUESTA CORRECTA. CALIFICACIÓN: de 0 a 15 puntos. NOTA MÍNIMA PARA SUPERAR LA PRUEBA: 9 puntos. PREGUNTAS NO CONTESTADAS NO PUNTÚAN. Preguntas acertadas (+0,75 puntos) – preguntas no acertadas/ respuestas múltiples (- 0,15 puntos)= TU NOTA PERSONAL. NOTA IGUAL/ SUPERIOS A 9 PUNTOS = APTO. NOTA INFERIOR A 9 PUNTOS = NO APTO. |
El tercer ejercicio de la fase oposición de Gestión Procesal y Administrativa tuvo lugar el día 23 de febrero a las 10:00 horas (9:00 en Canarias) en todas las sedes de examen. El formato de este tercer examen es una novedad de este proceso selectivo y es el siguiente:
Tercer ejercicio |
---|
De carácter TEÓRICO (escrito y eliminatorio). EXAMEN DE DESARROLLO (1 página por pregunta). 10 PREGUNTAS de contenido procesal. 90 MINUTOS de duración. CALIFICACIÓN: de 0 a 25 puntos (2,5 puntos por pregunta). NOTA MÍNIMA PARA SUPERAR LA PRUEBA: 12,5 puntos. |
Tras la realización del examen, el Tribunal del ámbito correspondiente, procederá a la lectura del ejercicio y lo puntuará de 0 a 25 puntos, atendiendo a varios factores:
- nivel de conocimientos de los aspirantes,
- claridad y orden de ideas,
- calidad de expresión escrita,
- su forma de presentación,
- número de plazas convocadas.
Las puntuaciones serán sumadas, sin incluir ni la más alta ni la más baja, dividiéndose el total que resulte, hecha esta deducción, por el número de miembros asistentes cuya calificación se hubiere computado. La cifra del cociente constituirá la calificación.
Desde OPOLEX, hemos recopilado las 10 preguntas del tercer ejercicio de Gestión Procesal y Administrativo de la presente convocatoria.
- ¿Cuáles son los medios de prueba de los que se puede hacer uso en juicio según la Ley de Enjuiciamiento Civil?
- La tercería de dominio en la Ley de Enjuiciamiento Civil: competencia, sustanciación y resolución.
- Planteada demanda de separación matrimonial, ¿en qué casos puede el demandado plantear reconvención?
- Exponga los trámites procesales recogidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la sustanciación y resolución de la oposición en el juicio cambiario.
- Celebración de la comparecencia del art. 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ante el Juez o Tribunal que deba conocer de la causa.
- Medidas de naturaleza civil que se puedan acordar en la orden de protección regulada en el artículo 544 Ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: aspectos procesales.
- En el procedimiento penal abreviado regulado en los artículos 757 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ¿cuál sería el trámite si el Ministerio Fiscal solicitare el sobreseimiento de la causa y no se hubiera personado en la misma acusador particular dispuesto a sostener la acusación?
- Diligencias urgentes ante el Juzgado de Guardia en el caso de que haya conformidad del acusado con la pena solicitada: Instrucción y acusación.
- En el procedimiento abreviado del artículo 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, una vez admitida la demanda, si el actor pide por otrosí en su demanda que el juicio se falle sin necesidad de recibimiento a prueba ni tampoco de vista. Qué debe hacer el LAJ y qué trámites procesales están recogidos en la Ley.
- El recurso de suplicación en la LJS: anuncio de su interposición.
¿EN QUÉ PUNTO NOS ENCONTRAMOS?
El Tribunal hizo públicas las listas definitivas de aprobados de la fase oposición el 28 de diciembre de 2020. Dicha publicación indicaba, por ámbitos territoriales, la puntuación obtenida en esta convocatoria y, en su caso, la convocatoria al siguiente.
En este momento, hemos entrado de lleno en la fase de concurso. El Tribunal Calificador Único y los Tribunales Delegados valorarán los méritos acreditados según las certificaciones aportadas y publicarán en la página web del Ministerio de Justicia las relaciones de aspirantes con la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntación obtenida en cada mérito y la total.
El Ministerio ha comunicado que ya ha terminado de valorar los méritos cuya acreditación debe realizarse de oficio y está procediendo a integrar los méritos aportados a instancia de los opositores. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Finalizado dicho plazo y vistas y resueltas las alegaciones, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso. El Ministerio de Justicia también ha manifestado que espera publicarla a partir de finales del mes de febrero.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.
HE APROBADO, ¿QUÉ VA A PASAR AHORA?
- He aprobado y he solicitado la valoración del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco: en este caso, serás emplazado para la realización de un ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, que acredite el conocimiento de la misma.
Paralelamente, el Tribunal Delegado correspondiente procederá a la valoración de la documentación acreditativa del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco, que hubieren aportado los interesados.
La puntuación obtenida se ajustará según el baremo contenido en el anexo I-C de la convocatoria y solo surtirá efectos para la adjudicación de destinos en la Comunidad Autónoma correspondiente.
Puedes optar por realizar la prueba, por documentar el conocimiento de la lengua oficial o por acogerte a ambos sistemas. En este último caso, la puntuación otorgada será la más alta que en su caso corresponda, sin que pueda ser acumulativa.
- He aprobado y ya he cumplimentado todas las fases anteriores: la superación de cualquiera de las fases de la convocatoria no implica por sí misma la adjudicación de plaza, ya que la superación del proceso selectivo vendrá determinada por el número de plazas convocadas en cada ámbito territorial.
Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal elevará al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de aprobados, en cada ámbito territorial, cuyo número no podrá superar el de plazas convocadas.
La propuesta se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas.
Junto con esta nota total pero separada de ella, y sin sumarse a la misma figurará, en su caso, la obtenida en la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma por cuyo ámbito territorial concurre y la obtenida por el conocimiento del Derecho Civil Vasco.
HE APROBADO Y TENGO PLAZA.
Si figuras en la relación definitiva de aprobados, ¡ENHORABUENA!
En el plazo de veinte días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «BOE» y diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas debes presentar una serie de documentos en:
- el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid o
- por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, dirigidos a la Unidad EA0010560-Procesos Selectivos Administración de Justicia Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos Justicia.
Toda la documentación que debes presentar, está enumerada en la BASE 8 de la convocatoria (“Presentación de la documentación”). Puedes acceder a través de este enlace: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-10410.
Si no puedes presentar la documentación, debes justificarlo y, en tal caso, podrás acreditar que reúnes los requisitos exigidos mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
En caso de que ya seas funcionario público estás exento de justificar los requisitos que ya hayas demostrado para obtener tu anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, por la que se acredite tu condición y requisitos para ser nombrado funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
Si no presentas la documentación o aprecian que careces de los requisitos establecidos, no podrás ser nombrado funcionario, la plaza será ocupada por el siguiente opositor que sí reúna los requisitos y, además, podrás incurrir en responsabilidad por falsedad en tu solicitud inicial.
Una vez comprobado que los aspirantes reunís los requisitos, seréis nombrados funcionarios de carrera, mediante Orden del Ministerio de Justicia, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas competentes.
NO LO CONSEGUÍ, PERO QUIERO VOLVERLO A INTENTAR.
Si este es tu caso, tenemos muy buenas noticias para ti. Debes tener en cuenta que los aspirantes que hayan superado la fase de oposición con una nota superior a la mínima fijada, pero no obtengan plaza en el Cuerpo al que se presentan por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de la OEP 2017-18, quedarán exentos de realizar en la siguiente convocatoria de 2019 los ejercicios de la fase de oposición (siempre y cuando se presenten por el mismo Cuerpo, ámbito territorial, y turno sistema general o turno de reserva), salvo que voluntariamente se presenten a la misma para obtener mejor nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase la fase de oposición, se le reservará la nota de la convocatoria de la OEP 2017-18.
Además, los aspirantes que, por el turno de reserva para personas con discapacidad, en la convocatoria anterior hayan obtenido una puntuación igual o superior al 50 % de la nota máxima posible prevista en cada ejercicio de la respectiva convocatoria, se les conservará la puntuación más alta obtenida, siempre que el contenido de temario, los ejercicios y su modo de calificación sean idénticos.
Las Ofertas de Empleo Público de 2019 y 2020 tienen ya presupuestadas un total de 4.246 plazas para acceder a los tres cuerpos generales al servicio de la Administración de Justicia:
- 822 plazas (440 OEP 2019 + 382 OEP 2020) para el Cuerpo de GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, TURNO LIBRE.
- 271 plazas (156 OPE 2019 + 115 OEP 2020) para el Cuerpo de GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, PROMOCIÓN INTERNA.
- 1.438 plazas (1017 OEP 2019 + 421 OEP 2020) para el Cuerpo de TRAMITACIÓN PROCESAL, TURNO LIBRE.
- 455 plazas (329 OEP 2019 + 126 OEP 2020) para el Cuerpo de TRAMITACIÓN PROCESAL, PROMOCIÓN INTERNA.
- 1.260 plazas (1046 OEP 2019 + 214 OEP 2020) para el Cuerpo de AUXILIO JUDICIAL.
Desde OPOLEX te animamos a conseguir tu mejor resultado gracias a una programación adecuada, ajustada a tus necesidades y a los requisitos de tu oposición. ¡Nuestros resultados nos avalan!
ÍNDICE DEL ARTÍCULO